Este reportaje surge como consecuencia directa de la investigación publicada en la edición anterior, que reveló cuestionamientos sobre la adquisición de cámaras corporales en el Ministerio del Interior. A raíz de su difusión, la empresa Hytera emitió un pronunciamiento negando irregularidades y defendiendo la transparencia del proceso. Sin embargo, el análisis de las bases técnicas mantiene dudas sobre posibles restricciones a la libre competencia. El caso vuelve a poner en debate el rol de los mandos medios en la formulación de requisitos y la necesidad de procesos más abiertos. Más que un hecho aislado, evidencia problemas estructurales en las contrataciones públicas.
Entre la defensa y la sospecha: cámaras corporales en la mira
Hytera rechaza acusaciones, pero la R.M. 0791-2026-IN mantiene cuestionamientos por posibles restricciones a la competencia. El debate expone fallas estructurales en compras públicas y control técnico estatal.
(americasistemas.pe. Lima, Perú – 01 de julio 2026) La polémica ya no es solo técnica. Es institucional. La Resolución Ministerial N.° 0791-2026-IN del Ministerio del Interior, que fija las características de las cámaras corporales para el serenazgo, ha escalado a un terreno más complejo: el de la credibilidad.
Tras la difusión del reportaje, representantes de la empresa Hytera han salido al frente. Aseguran haber actuado con total transparencia, negando cualquier vínculo indebido con el proceso y rechazando insinuaciones de direccionamiento. Su posición es clara: no han intervenido en la elaboración de las bases ni en la definición de los estándares técnicos.
Sin embargo, el problema de fondo no desaparece con un comunicado.
Cuando la técnica deja de ser neutral
El eje de la controversia sigue siendo el mismo: una ficha técnica que, en lugar de abrir el mercado, lo estrecha. La combinación específica de requisitos —peso, batería, conectividad, resolución y diseño operativo— no solo describe una necesidad, sino que perfila un producto concreto.
En el lenguaje de las contrataciones públicas, esto se conoce como pérdida de neutralidad tecnológica. No se menciona una marca. Pero se construye un “animal” con características tan precisas que solo uno responde al llamado.
El patrón que se repite
Más allá de este caso puntual, el reportaje expone un fenómeno recurrente en el Estado: la influencia de estructuras técnicas permanentes —mandos medios, comités especializados, áreas usuarias— que trascienden a las gestiones políticas.
Son estos actores los que, muchas veces, diseñan los términos de referencia. Y allí es donde se juega la verdadera competencia.
Testimonios recogidos en el entorno técnico sugieren que los estándares no nacieron de un análisis amplio de mercado, sino de procesos donde ciertas condiciones —como interoperabilidad restringida o requisitos de conectividad específicos— terminan favoreciendo ecosistemas ya instalados.
Incluso se advierte que, en experiencias regionales, cuando se eliminan estas restricciones para abrir la competencia, luego los equipos adquiridos enfrentan trabas para su integración con sistemas existentes, generando un círculo que vuelve a cerrar el mercado.
El argumento técnico también se discute
No todos los requisitos son cuestionables. La resolución 2K, por ejemplo, responde a necesidades forenses. La batería intercambiable puede ser operativamente útil. Pero otros criterios —como el peso exacto— abren dudas sobre su relevancia real en campo.
Aquí el debate técnico es legítimo. Pero el problema aparece cuando la suma de variables deja de ser técnica y se convierte en excluyente.
Más allá de Hytera
Reducir el caso a una empresa sería simplificarlo. El punto crítico no es si Hytera es un buen proveedor —puede serlo— ni si sus equipos cumplen estándares internacionales. El punto es si el Estado generó condiciones para que otras alternativas compitan en igualdad. Porque en contratación pública, la legitimidad no solo se basa en elegir bien, sino en demostrar que se pudo elegir entre varios.
En el sector tecnológico existe una máxima no oficial pero ampliamente reconocida: si solo un proveedor puede cumplir con las bases, las bases están mal. La normativa peruana y los estándares internacionales apuntan a lo contrario: al menos tres postores viables, interoperabilidad garantizada y especificaciones abiertas.
La mujer del César
El caso pone en evidencia una verdad incómoda: en el Estado no basta con ser transparente, hay que parecerlo. Hoy, la R.M. 0791-2026-IN enfrenta ese desafío. Mientras los órganos de control evalúan el proceso, el debate ya está instalado en la opinión pública.
No se trata solo de cámaras. Se trata de cómo se decide, quién decide y bajo qué reglas se gasta el dinero público. Y en ese terreno, la confianza es tan importante como la tecnología.
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Último minuto: Al cierre de la presente edición, la empresa Hytera emitió un nuevo pronunciamiento público en el que no solo rechaza cualquier favorecimiento en el proceso de adquisición de cámaras corporales, sino que además plantea la derogación de la Resolución Ministerial N.° 0791-2026-IN. Según el comunicado, la medida buscaría garantizar mayor transparencia y abrir el mercado a una competencia más amplia. Mayores detalles en: Hytera niega cualquier favorecimiento .


Un comentario
En general, el direccionamiento de un proceso por las especificaciones técnicas es una traba general que debe combatirse de la manera más simple posible:
Solicitando únicamente características estándar y no características propietarias.
En algunos procesos se llega a la ridiculez de solicitar equipos de cierto color, ciertas medidas y cierto peso, o se mencionan características que no son estándar, como, por ejemplo, cantidad de memoria y núcleos de procesador en un switch, velocidad de apilamiento (el apilamiento no es estándar), que los LED sean de determinado color, Etc.
Igualmente, es absurdo encontrar párrafos copiados y pegados de diferentes marcas para un mismo ítem, creando un «Frankenstein» que ningún proveedor puede cumplir y por ende, poniendo el proceso en riesgo de ser declarado desierto.
El CONCYTEC debería pronunciarse junto con la Contraloría General de la República y conminar a las plataformas de adquisiciones del estado a que eviten estos vicios y distorsiones generales que matan la libre competencia y dejan siempre un velo de sospecha en los procesos públicos.