Noticiero Digital N° 1221

Modificación del Reglamento de la Ley N°30225, Ley de Contrataciones del Estado

El especialista en Contratación Pública, Miguel Angel Carmen Rodríguez, hace una alerta a las áreas comerciales dependiendo del tipo de negocio y dice que una vez más como en el mes de Diciembre el Ejecutivo decide emitir cambios a la norma, buscando impulsar la ejecución de políticas públicas nacionales y sectoriales mediante la agilización de los procesos de contratación. Sigamos leyendo, es importante tomar en consideración para poder hacer negocios con el estado el próximo año.

Modificación del reglamento de la Ley N°30225, Ley de Contrataciones del Estado

El consultor recomienda que la interpretación de la norma es sumamente importante y no tener impases en el a veces largo camino comercial con el estado.

 

(americasistemas.com.pe. Lima, Perú – 18 de diciembre 2019) El especialista dice que para tal fin, se realizó la modificación de los artículos 5, 9, 16, 17, 20, 36, 37, 42, 52, 53, 72, 73, 81, 83, 98, 107, 109, 126, 139, 142, 176, 178; la Segunda Disposición Complementaria Final; así como la Tercera y Décima Disposiciones Complementarias Transitorias de la referida ley.

De la lectura podemos ver que muchas de la modificatorias van al Capitulo de Obras pero que dentro de ejercicio de la aplicación se puede tomar y considerar en Bienes y Servicios uno de los cambios importante es que ahora para requerir elevación de consultas y observaciones al OSCE se debe pagar una tasa prevista en el TUPA del OSCE, antes era gratuito. (Revisar artículo 72.10 del Reglamento actual con el nuevo cambio). Esto pondrá fin a los contratistas que de manera maliciosa elevan consultas y observaciones solo por dilatar un proceso.

Otro cambio importante es la Modalidad de Contratación, Articulo 36, a) LLAVE EN MANO, Aplicable para Bienes y Obras (Nótese que no dice Servicios). En el caso de Bienes el postor oferta, además de estos (los Bienes), su instalación y puesta en funcionamiento.

No olvidemos que la lectura e interpretación de la Norma es importante para el proceso comercial con las Entidades del Estado.

En caso deseen ampliar la información, pueden ubicar al especialista en el mail:
miguelcarmenra@gmail.com

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