Noticiero Digital N° 1221

El Aseguramiento Universal

¿Qué haría usted, si su empleador anuncia con 30 días de anticipación que la organización dónde usted es el CIO, deberá atender cuatro millones más de potenciales clientes?, ¿qué haría usted, si su empleador cambia de Directorio y Gerencia, cada 11 meses en promedio?, ¿qué haría usted si ese empleador atiende una de las demandas de extrema sensibilidad para cada persona, a través de decenas de miles de establecimientos de diversa complejidad? Pues bien, esta casa editora está en la búsqueda del conjunto de respuestas que ya debe tener el Ing. César Vílchez Inga, Director General de Tecnologías de Información del Ministerio de Salud.

El Aseguramiento Universal

Sin duda alguna que en los próximos días visitaremos su despacho con la finalidad de tener las novedades al respecto.

(americasistemas.com.pe. Lima, Perú – 04 de diciembre 2019) El pasado 27 de noviembre, el Gobierno populista de Vizcarra le complicó la vida al Ing. Vílchez para beneplácito de más de 4millones de personas, al publicar el DECRETO DE URGENCIA Nº 017-2019 QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA LA COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD

Iniciamos en esta edición una serie de publicaciones que nos permitirán adentrarnos en la inmensa complejidad que esta decisión implica.  Empecemos por un brevísimo resumen de la norma:

Artículo 1.- Objeto

El SIS financiará la atención de los que a la fecha no tenga ningún seguro, cerrando la brecha pendiente para cumplir con la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud.

Artículo 2.- Afiliación al Seguro Integral de Salud y cobertura

Esta afiliación garantiza a los beneficiarios la cobertura gratuita del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS, otro plan de aseguramiento cuesta.

Artículo 3. De la Comisión Multisectorial

Se crea una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, se adscribe al Ministerio de Salud, con el objeto de elaborar la propuesta de actualización del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud – PEAS en 90 días.

Artículo 4. De los planes de salud

Propuesta que se debe aprobar en 120 días.

Artículo 5. De las modalidades y mecanismos de pago que efectúe el Seguro Integral de Salud – SIS

En 90 días deben aprobarse los mecanismos eficientes para el pago de las prestaciones convenidas o contratadas, basados prioritariamente en grupos relacionado de diagnóstico o grupos de personas (capitado o per cápita), que efectúe la IAFAS – SIS a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS.

Artículo 6. Mejoras en la gestión y eficiencia de la oferta de servicios de salud

En un plazo no mayor a ciento veinte (120) se aprueban las disposiciones para mejorar la gestión y la eficiencia en la prestación de servicios de salud en IPRESS del Ministerio de Salud y de los Gobiernos Regionales, que incluya como mínimo:

(i) La implementación de un sistema en línea de la programación de turnos y citas (solicitadas y atendidas) de la cartera de servicios de salud ofertados por todas las IPRESS, y su correspondiente publicación en el portal del MINSA, de los Gobiernos Regionales y de SUSALUD para la consulta interactiva y amigable por la ciudadanía,

(ii) La automatización de los servicios de apoyo al diagnóstico;

(iii) La automatización de la prescripción y dispensación de los medicamentos para el público usuario;

(iv) La implementación de la contabilidad de costos de la cartera de servicios de salud y la valorización individual

(v) La implementación y uso de los aplicativos informáticos correspondientes en todas las unidades ejecutoras de salud del Gobierno Nacional y Gobierno Regional responsables de la provisión de servicios de salud, conforme a lo dispuesto en el Sistema Nacional de Abastecimiento; y

(vi) La publicación de indicadores de desempeño de las IPRESS (insumos, procesos, calidad, resultados).

Artículo 7. Sobre la recaudación de los aportes de los asegurados del SIS

Dispóngase que en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario …….se aprueban las disposiciones de carácter administrativo necesario para facilitar la recaudación de los aportes de las personas que acceden a los Planes Complementarios de la IAFAS – SIS y el FISSAL.

Artículo 8. Financiamiento

Lo establecido en el presente Decreto de Urgencia se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud y del Seguro Integral de Salud.

La implementación de los Planes Complementarios, previstos en el artículo 2, numeral 2.2 se encuentra supeditado a la aprobación de éstos y a la disponibilidad presupuestaria de los recursos ordinarios, en cumplimiento de las reglas fiscales, la sostenibilidad de las finanzas del Estado y conforme a lo establecido en las respectivas Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público.

Artículo 9. Refrendo

El presente Decreto de Urgencia es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economía y Fina

Basta con leer el resumen de los Artículo 5, 6 y 7 para tener una idea clara de lo surrealista que resulta pretender cambiar la realidad por Decretos de Urgencia y pretender que la tecnología y la gerencia lo hagan posible. Como lo dice claramente es un DECRETO DE URGENCIA.

En nuestra siguiente edición haremos una análisis de la situación del sector Salud, para continuar con propuestas, ambas tareas a realizarse invocando a reconocidos especialistas y por supuesto  a los responsables del sector.

Un comentario

  1. El Decreto de Urgencia Nº 017-2019 que establece medidas para la Cobertura Universal de Salud, es una norma con buena intención del gobierno (en medio de tantas noticias pesimistas) si tal vez muy idealista, en todo caso retadora, 4 millones de nuevos afiliados, esperemos que tenga el apoyo respectivo, el presupuesto que corresponde, porque es justo que todos los peruanos seamos atendidos en los centros de salud, y no ver personas que se mueran en las puertas de emergencia de los hospitales simplemente porque no esta afiliado al SIS o no tiene seguro o simplemente no sean atendidos. Tremenda tarea para el Ministerio de Salud, también para el Ing. César Vilchez, Director de TI, revisando su hoja de vida, veo que ha tenido logros interesantes en su trayectoria profesional (cero papel, interoperabilidad, certijoven, declaración jurada de intereses, pki peruana, constitución de empresas en línea que lo utilice años atrás, director de ONGEI en la PCM, etc etc), esperemos que el MINSA, incluyendo al Sr. Vilchez y su equipo, puedan implementar esta importante norma, apoyarlos, para que sigan mejorando los servicios de salud, incluyendo también a ESSALUD, porqué será en beneficio de todos los peruanos, sobretodo de los que menos tienen.

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